La legislación española ha incorporado una nueva obligación de publicación de información fiscal país por país, derivada de la Directiva (UE) 2021/2101. Este informe debe mostrar, de manera pública, datos sobre ingresos, beneficios e impuestos pagados por la empresa en cada jurisdicción. Esta obligación afecta únicamente a empresas de gran tamaño o a grupos multinacionales que superen determinados umbrales.

¿Qué empresas están obligadas?

Solo están obligadas a elaborar y publicar este informe las entidades que cumplan alguno de los siguientes casos:

✔️ 1. Grupos multinacionales con ingresos consolidados ≥ 750 millones de euros durante dos ejercicios consecutivos.

✔️ 2. Empresas individuales: cuando una empresa no pertenece a ningún grupo y supera individualmente los 750 millones de euros en ingresos, debe publicar el informe porque actúa como “sociedad dominante última” de sí misma.

Una filial NO está obligada a publicar el informe, aunque ella misma supere los 750 millones de euros.

Esto está expresamente aclarado por el ICAC en la Consulta 5 del BOICAC 144/2025:

«La obligación recae, con carácter general, en la sociedad dominante última del grupo»

Solo cuando la empresa es independiente y no forma parte de un grupo más amplio, se convierte automáticamente en la “dominante última”, y ahí sí debe publicar el informe.

Plazo para publicar el informe:

Si la matriz es española

Debe publicar el informe dentro de los 6 meses siguientes al cierre del ejercicio (plazo exigido por la Ley 22/2015).

Si la matriz está en otro país

  • Ella es la obligada a publicarlo, siguiendo los plazos del país donde reside (habitualmente 12 meses).
  • La filial española no tiene que publicarlo por su cuenta, ni tiene que adaptarse al plazo español.
  • La filial no incurre en incumplimiento por seguir el calendario de la matriz.
  • Puede depositar sus cuentas en el Registro Mercantil, aunque el informe aún no esté publicado.
    Esto también está confirmado por el ICAC en la Consulta 5 del BOICAC 144/2025.

¿Dónde debe publicarse?

La empresa obligada debe publicar el informe:

  • En el Registro Mercantil, y
  • En su página web corporativa, accesible al público.

¿Cómo afecta esto al informe de auditoría?

Los auditores deberán incluir una sección específica indicando:

  • Si la empresa estaba obligada a presentar el informe.
  • Y, si lo estaba, si ha cumplido con su publicación.

¿Cuándo empieza a aplicarse?

  • Para aquellas empresas que a cierre de los ejercicios 2024 y 2025 hayan superado el umbral de los 750 millones de euros de ingresos, deberán presentar el informe con fecha límite del 30 de junio de 2026.
  • En el informe de auditoría referido al ejercicio 2025 no figurará alusión alguna a este hecho hasta el informe de auditoría de las cuentas anuales del ejercicio 2026, puesto que el auditor informará sobre la obligación de la empresa a presentar este informe fiscal en el ejercicio previo al auditado.

Resolución de 22 de enero de 2026, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dispone la publicación de la modificación de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, relacionadas con el proceso de emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

La Resolución publica la modificación de diversas Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES) relacionadas con el proceso de emisión y el contenido del informe de auditoría de cuentas anuales.

La modificación deriva de un cambio legal introducido en la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (LAC), como consecuencia de la transposición de la Directiva (UE) 2021/2101, que impone a determinadas empresas la obligación de elaborar y publicar un informe sobre el Impuesto sobre Sociedades (o impuestos análogos).

En concreto se introduce un nuevo contenido mínimo obligatorio del informe de auditoría, consistente en una declaración expresa del auditor sobre:

  • Si la entidad estaba obligada, en el ejercicio previo, a presentar dicho informe fiscal.
  • Y, en su caso, si lo ha publicado en el Registro Mercantil y en su página web.

No se modifican los principios técnicos de auditoría, sino la estructura y el contenido de los modelos de informe, para adaptarlos a los nuevos requerimientos legales.

La Resolución establece que las modificaciones serán obligatorias para trabajos de auditoría de cuentas anuales correspondientes a:

  • Ejercicios económicos iniciados a partir del 22 de junio de 2025
  • Y, en todo caso, para trabajos contratados o encargados a partir del 1 de enero de 2026, con independencia del ejercicio auditado

A partir de esta modificación los modelos de informe cambian. Antes los informes incluían la sección “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios”, pero, no se contemplaba ninguna referencia expresa a:

  • La obligación de la entidad de elaborar el informe fiscal país por país.
  • Ni a su publicación en el Registro Mercantil o en la web corporativa.

Tras la modificación se incorpora obligatoriamente un nuevo apartado específico dentro de la sección “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios” en la que deberá manifestarse el auditor sobre este nuevo deber legal de información.

El nuevo apartado obligatorio es el titulado “Obligación de informar acerca del Impuesto sobre Sociedades o impuestos de naturaleza idéntica o análoga”

En este apartado, el auditor debe declarar expresamente si la entidad estaba o no obligada, en el ejercicio previo, a presentar dicho informe y, en caso afirmativo si la entidad ha cumplido con su publicación conforme a la LAC.

Las NIA-ES que se ven modificadas son:

  • NIA-ES 700 (Revisada):
    • Se modifica la nota aclaratoria del apartado 43.
    • Se actualizan los Ejemplos 1, 2 y 3 de informes:
      • Diferenciando entidades obligadas y no obligadas.
      • Ajustando la estructura en entidades no consideradas de interés público.
  • Resto de NIA-ES afectadas en congruencia con la modificación de la NIA-ES 700 (Revisada): Ajustes en los ejemplos de informe incluidos en los anexos de las NIA-ES: NIA-ES 510; NIA-ES 570 (Revisada); NIA-ES 600 (Revisada); NIA-ES 705 (Revisada); NIA-ES 706 (Revisada); NIA-ES 710; NIA-ES 720 (Revisada), manteniendo coherencia formal y de contenido con la nueva NIA-ES 700.

En definitiva la RICAC de 22 de enero de 2026 introduce un cambio relevante en los modelos de informe, al incorporar un nuevo deber informativo legalmente exigible, con efectos prácticos inmediatos en la redacción del informe de auditoría referido ejercicios económicos iniciados desde el 22 de junio de 2025.

Estamos muy orgullosos de compartir que Auditora Galega de Contas, SLP ha sido reconocida con el premio FULGET 2024 que concede la  Facultade de Ciencias Económicas e Empresariais de la USC,  un galardón que pone en valor nuestro trabajo de formación e integración de alumnos de la Facultad en sus inicios profesionales, y también nuestro compromiso y colaboración con la sociedad.

La entrega del premio tuvo lugar en la Facultade de Ciencias Económicas e Empresariais durante un evento en el que además se conmemoraba su patrón. Manuel Pérez, socio de Auditora Galega de Contas, SLP fue el encargado de recoger el reconocimiento en nombre de toda la plantilla, momento que aprovechó para agradecer la concesión de dicho premio y agradecer especialmente al esfuerzo aplicado por las socias María López González y Paula Ramos Astray en la consecución de que Auditora Galega de Contas, SLP se encuentre en la posición de solvencia profesional de la que disfruta.

Desde Auditora Galega de Contas, SLP  queremos manifestar que este reconocimiento no es más que un refuerzo que nos impulsa a continuar apostando por  la calidad y el compromiso con nuestro entorno.

¡Gracias a todos los que lo hacéis posible!

El Correo Gallego, Jueves 10 de abril de 2025

24.03.2025. La auditora Paula Ramos (Aiazo, Frades, A Coruña, 1980) es una de las nuevas incorporaciones al comité directivo de los auditores gallegos en el ICJCE Galicia. La profesional señala que la máxima prioridad de su nueva etapa al frente de la institución es el futuro de la auditoría. “El mayor reto para el ICJCE Galicia es hacer que la auditoría sea atractiva para las nuevas generaciones, presentándola como una vía de conocimiento práctico, rápido y eficaz”, afirma la auditora, que analiza muchas de las facetas prácticas de la profesión y pone en valor la incorporación de nuevas tecnologías como la inteligencia artificial (IA).

¿Por qué decidiste dedicarte a la auditoría y cómo empezaste?Acabé en el mundo de la auditoría un poco por casualidad. En la carrera, cuando existía la especialidad de Auditoría de Cuentas, lo valoré como opción, pero, tal y como estaba el mercado, finalmente no escogí ese camino pensando en cuántos astros debían alinearse para acabar en una empresa de auditoría y poder tener la experiencia necesaria para poder acceder al ROAC. Pero, a veces, el destino tiene sus propios planes: una vez finalizada Administración y Dirección de Empresas en la USC, me llamaron del Servicio Público de Empleo para cubrir una beca de 3 meses. Esos 3 meses se ampliaron a 6 y luego a otros 6 que acabaron convirtiéndose en 19 años. La profesión me fue enganchando poco a poco. Siempre me ha gustado la contabilidad, parte fundamental de mi formación, y la auditoría me ha permitido revisarla, entenderla y ahondar en ella de una forma más completa, que me parece incluso más interesante.“Siempre me ha gustado la contabilidad, y la auditoría me ha permitido revisarla, entenderla y ahondar en ella de una forma más completa”

Dentro de la profesión, ¿qué es lo que te resulta más interesante o lo que más te gusta?Revisar la contabilidad. Esta profesión ofrece la posibilidad de enfrentarse a gran variedad de casos, y eso te da la facultad de conocer el funcionamiento de distintos sectores. Una parte del trabajo que siempre me ha parecido un verdadero privilegio es poder conocer a fondo a las empresas-clientes: ver su proceso de producción, conocer sus fábricas, visitar los almacenes… Y, si el cliente es recurrente, poder observar la evolución de la empresa a lo largo del tiempo, que, en la mayoría de los casos, es siempre favorable. Esa vista atrás de los comienzos hasta la modernización y avances tecnológicos, que cada año implantan tanto en la producción como en la gestión, resulta enriquecedora y es siempre muy interesante.“Esta profesión ofrece la posibilidad de enfrentarse a gran variedad de casos, y eso te da la facultad de conocer el funcionamiento de distintos sectores”

¿Qué supone trabajar en una auditora pequeña como Auditora Galega de Contas?No puedo comparar el trabajo en una entidad de auditoría de pequeño tamaño como la nuestra con una multinacional, ya que tan sólo he vivido la experiencia de haber trabajado en Auditora Galega de Contas, pero quiero creer que lo que nosotros ofrecemos es proximidad al cliente. El trato diario y un equipo estable en el que todos conocemos a todos los clientes creo que es un punto que nos diferencia y que el propio cliente valora. Somos un equipo en el que ya estamos habituados los unos a los otros. Siempre decimos que, si sumamos todas las horas invertidas en el trabajo a lo largo del año, pasamos más tiempo juntos que con nuestras respectivas familias, por lo que todos nos conocemos bien. Y, aunque estos últimos años hemos ido creciendo con nuevas incorporaciones, ese ambiente a veces distendido ayuda a que la gente que viene a trabajar con nosotros pueda integrarse de una forma bastante rápida.

¿Cómo valoras vuestra adaptación profesional al nuevo escenario, con la introducción de nuevas tecnologías y el análisis de las memorias no financieras?Nuestra entidad siempre ha estado pendiente de nuevas tecnologías, aplicando desde hace ya más de 20 años programas de auditoría de apoyo para la realización de pruebas de manera más eficiente. Creemos que la IA es una herramienta de ayuda muy valiosa que debemos explorar más a fondo. Hay ciertas tareas repetitivas que no implican tener conocimientos complejos, como es el traslado de datos de formularios a nuestros papeles de trabajo. Nosotros ya estamos implantando ChatGPT para optimizar este proceso, y eso está repercutiendo en un ahorro de tiempo considerable. Otra área en la que la IA puede aportar valor, por ejemplo, es la automatización de los resúmenes de documentación de gran volumen, siempre velando por la privacidad y la custodia de los datos. Esto nos permite ser más eficientes en el manejo de la información extensa y compleja.“La IA es una herramienta de ayuda muy valiosa que debemos explorar más a fondo”

Como nueva integrante del comité directivo del ICJCE Galicia, ¿cuáles dirías que son vuestros mayores retos?Considero que el mayor reto que existe ahora mismo para el comité directivo es volver a hacer que la auditoría sea atractiva para las nuevas generaciones, presentándola como una vía de conocimiento práctico, rápido y eficaz. En mi opinión, la profesión ha sufrido durante muchos años el desprestigio de jornadas interminables y de bajos salarios. Además, el envejecimiento de los profesionales y la baja incorporación de nuevos miembros a través de los exámenes de aptitud de acceso al ROAC afectan al sector. La gente joven no percibe esta profesión como una oportunidad, lo que provoca que la auditoría pierda presencia. Por eso creo que debemos incidir en aportar valor y atractivo a la profesión y atraer nuevos talentos.

¿Animarías a las nuevas generaciones a que se decanten por la auditoría como opción profesional?

Sí, claramente. Estoy convencida de que es una formación no regulada que ofrece ver aplicaciones prácticas de todo lo que trataron de enseñarte en clase, y que, en algunos casos, puede resultar algo pesado o largo de entender hasta que realmente lo ves aplicado en el día a día de una empresa. La auditoría es la manera de ver de forma resumida cómo una entidad es un cúmulo de operaciones y actos que acaban teniendo reflejo en los estados contables. No sólo los asientos contables: aprendes a relativizar, a sintetizar, adquieres conocimientos mercantiles, fiscales, laborales… Además, no sólo debemos centrar la labor del auditor en la revisión de cuentas anuales. Existen más facetas en las que un auditor puede intervenir como peritajes para juicios o, sin llegar a eso, revisiones de cuentas justificativas de subvenciones, entre otras cosas.

Paula Ramos: “El reto es hacer que la auditoría sea atractiva para las nuevas generaciones” | Portal del Auditor

Fotografía: Punto GA-Lalo R. Villar.

Con casi tres décadas de experiencia en la auditoría de cuentas, el auditor Manuel Pérez Piñeiro, de Auditora Galega de Contas SLP, acaba de incorporarse al comité directivo de los auditores gallegos (ICJCE Galicia). Pérez, que comenzó en la profesión cuando esta aún era relativamente reciente, destaca el valor añadido de firmas pequeñas como la suya y la importancia de la formación en nuevas tecnologías. Contra la creencia generalizada, desmiente que la labor principal de las auditoras y los auditores se sustente en los datos. “Siempre le pregunto a la gente que trabaja conmigo cuál es nuestra materia prima. Responden que son los números, las contabilidades o las cuentas. Pero yo siempre les digo que nuestra materia prima son las personas, porque debemos trabajar con ellas (compañeros y clientes) y moldearlas hasta conseguir que hagan las cosas correctamente como necesitamos. Sobre todo, que nos faciliten todo aquello que se necesita para llevar a buen puerto una auditoría”, señala el profesional.

¿Cómo empezaste tu carrera como auditor?

Cuando terminé la licenciatura, en 1995, la instauración de la auditoría como profesión regulada era relativamente reciente y se estaban organizando cursos de formación para incorporar gente a esta rama de actividad. Se dio la casualidad de que en la Universidad de Santiago de Compostela –donde había estudiado–, en colaboración con la Escuela de Auditoría del Instituto de Censores Universidad, se convocaba la primera promoción de un Máster de Auditoría, y decidí meterme por ser un campo de actividad que me resultaba atractivo. Ese mismo año también empecé un Curso de Especialización en Comercio Exterior, pero descubrí que la auditoría me atraía más. Al terminar el máster tuve entrevistas, entre otras, con los que luego acabarían siendo mis jefes (Alfonso Núñez y Francisco Servia), aunque en aquel momento no cuajó. Fui como becario por el Instituto Galego de Promoción Económica (Igape) al departamento financiero de una empresa en Ribadeo. Pero, cuando llevaba apenas un año en el puesto, me contactó de nuevo Alfonso Núñez: quería a alguien con ganas y formación específica y yo, que cumplía los requisitos, volví a Santiago. Recuerdo que en el 95 había mucho paro y, en aquel momento, conseguir un trabajo era muy difícil.

¿Cómo recuerdas los inicios de la profesión de auditoría?

La Ley de Auditoría había salido en 1989. Esos primeros años hubo muchos auditores que obtuvieron la licencia sin verdadera vocación. Mis jefes, auditores los dos, quisieron darle un enfoque más profesional, apostando mucho por la especialización del personal (en aquel momento, yo) y por la formación específica, pensando en ofrecer un buen servicio con buenas bases de cara a los años que estaban por venir.

¿Con las nuevas generaciones y la incorporación de nuevas tecnologías, piensas que la profesión está cambiando mucho?

Creo que hay que diferenciar los despachos más grandes de los que son pequeños. Yo puedo hablar de la experiencia de mi despacho y de otros parecidos que conozco, y creo que la profesión aún no ha pegado el cambio que pienso que se nos avecina. La inteligencia artificial (IA) y la incorporación masiva del tratamiento de datos automático van a venir a cambiar sustancialmente y en un corto plazo de tiempo los esquemas de trabajo de muchos despachos. Nosotros, a pesar de ser pequeños, nos incorporamos allá por 2002 a programas específicos de auditoría para tratar de trabajar con sistemas que nos liberasen de ciertas tareas y tratasen la información de una manera más cómoda. Seguimos trabajando con aquel programa y con mejoras que la informática fue permitiendo hacer a lo largo de estos años, pero eso no deja de ser trabajar con un esquema de trabajo “tradicional”. Creo que el gran cambio en la auditoría todavía está por llegar. Con la introducción de la IA y del análisis bruto de datos va a cambiar el paradigma de las auditorías. El esquema de trabajo va a cambiar, tanto para los grandes como para los pequeños despachos. El nuestro, en la medida de lo posible, ya está estudiando cambios de formas de trabajar en ciertos aspectos y la idea es seguir profundizando en los automatismos, apuntándonos a la formación específica sobre la IA y experimentando con ella. Todo esto para las personas más jóvenes que entran a trabajar con nosotros, que lo integran mucho más fácilmente que la gente que ya llevamos más tiempo. “Con la introducción de la inteligencia artificial (IA) y del análisis bruto de datos va a cambiar el paradigma de las auditorías. El esquema de trabajo va a cambiar, tanto para los grandes como para los pequeños despachos”

¿Cómo es trabajar en una sociedad como Auditora Galega de Contas?

Auditora Galega de Contas SLP es una sociedad pequeña que, cuando nace, en el 98, estaba compuesta únicamente por tres personas. Eso fue cambiando a medida que fuimos ganando más volumen y más gente. En el año 2025 seremos 8 personas. A esta pregunta quizá no debería ser yo quien responda, pero creo que hacemos un trabajo técnicamente apropiado, adaptándonos lo más posible a las necesidades del cliente en lo relativo a plazos y en facilitarle la vida. De esa manera podemos competir con otras firmas. Como tratamos de no ir con un descuento en los precios, intentamos adaptarnos a las necesidades del cliente y darle valor añadido al servicio de auditoría que prestamos, detectando problemas y poniendo encima de la mesa posibles soluciones, siempre manteniendo nuestra independencia. Ese es un valor añadido de las firmas más pequeñas. Especialmente, nuestra forma de trabajar está avalada por nuestra trayectoria, en la que apreciamos cómo los clientes que se captan sólo en casos muy residuales se acaban marchando. Auditora Galega es como una pequeña familia, el empleado no es un número, como pasa en grandes despachos. “Intentamos adaptarnos a las necesidades del cliente y darle el valor añadido al servicio de auditoría que prestamos, detectando problemas y poniendo encima de la mesa posibles soluciones, siempre manteniendo nuestra independencia”

¿Qué percepción tienen las empresas de los auditores?

Yo siempre digo, como dicen las NIAS, que tú no vas con la lupa “a ver cómo te cazo”, pero los clientes muchas veces sí que tienen esa percepción del auditor. El cliente tiende a estar a la defensiva, sobre todo por desconocimiento en primeras auditorías, y a no facilitar información más allá de lo que le pidas. Eso pude generar problemas y desconfianza por ambas partes porque tú también ves que el cliente no se abre y no te cuenta más allá de lo que tú le preguntes.

¿Por qué les recomendarías a las empresas, grandes, medianas y pequeñas, que se auditen?

En primer lugar, por una cuestión de fiabilidad de la información. Como auditores, sabemos que las empresas que se incorporan por primera vez al mundo de la auditoría tienen todas algún tipo de déficit o carencia, por lo que su información mejora, al tiempo que se reduce la tentación de cometer errores intencionados que distorsionen la información contable que se publica. Y, si mejora la fiabilidad, mejora también la imagen general de la empresa hacia terceros.

¿La auditoría mejora las empresas?

Sí, porque, a veces, los problemas que se detectan tienen menos que ver con malas praxis de los contables para generar información y más con problemas de fondo, relacionados con el diseño de los sistemas de control. Yo creo que la tarea del auditor propicia que se detecten esos problemas y se introduzcan soluciones, mejorando, en definitiva, la gestión global de la empresa. “Creo que la tarea del auditor propicia que se detecten esos problemas y se introduzcan soluciones, mejorando, en definitiva, la gestión global de la empresa”

¿Cómo afrontas tu incorporación al comité directivo del ICJCE Galicia?

Con interés y un poco de cautela. Para mí hay dos cuestiones básicas que quizá tenemos que abordar y que están ya en la mente de todos: por un lado, tratar de incorporar lo más posible las nuevas tecnologías a los despachos pequeños; continuar en el tema de la formación en nuevas tecnologías y sistemas de información, y no sólo (aunque también) formación teórica sobre normativa de cumplimiento de auditoría; y, por otro lado, conseguir, tanto los censores como las organizaciones de auditores en general, que la auditoría vuelva a ser un campo interesante de trabajo para la gente joven. En general, trataré de echar una mano en lo que se me demande por parte de la directiva.

¿Animarías a las nuevas generaciones a que se dediquen a la auditoría?

Sí, claramente, porque da una visión diversificada que permite un aprendizaje muy rápido. Sin darte cuenta, te haces idea de cómo se organiza una empresa, entras en contacto con sectores distintos y las problemáticas que les afectan, etc. Para mí la auditoría necesita una habilidad básica: cierto don de gentes, porque tienes que trabajar con otros. Siempre le pregunto a la gente que trabaja conmigo cuál es nuestra materia prima. Responden que son los números, las contabilidades o las cuentas. Pero yo siempre les digo que nuestra materia prima son las personas, porque debemos trabajar con ellas (compañeros y clientes) y moldearlas hasta conseguir que hagan las cosas correctamente como necesitamos. Sobre todo, que nos faciliten todo aquello que se necesita para llevar a buen puerto una auditoría. Si no sintonizas con el cliente, harás la auditoría, pero non te harás con el cliente. Este aspecto para mí siempre ha sido el mayor desafío de la profesión. Puedes estudiar y asimilar una norma técnica, ganarte la confianza de una persona –de un cliente– es más complejo.

Fotografía: Punto GA-Miguel Riopa.

Lea la noticia en https://www.icjce.es/galicia/manuel-perez-pineiro-materia-prima-auditores-son-personas

Ejemplo 1:

El 30 de junio de 2023 una empresa contrata la ejecución de una obra consistente en elaborar una estructura constructiva en la que se instalarán además unos equipos (maquinaria de terceros). Plazo de ejecución un año.

El contrato especifica las obligaciones y asigna un precio a cada obligación. En este caso se separa el precio de la maquinaria a instalar y el coste de la estructura constructiva en la que se aloja la máquina.

ConceptoImporte (€)
Importe total contrato1.000.000
Precio venta de la maquina500.000
Pecio venta de la estructura (1.000 unidades de obra)500.000
Costes esperados800.000
Maquinaria400.000
Construcción civil (1.000 unidades de obra)400.000
Rdo total del contrato200.000

El 31 de diciembre la empresa compra la maquinaria a instalar y en ese mismo momento (suposición por simplicidad) queda instalada en la construcción que se está llevando a cabo. En ese mismo momento el cliente recibe conforme la maquinaria en obra y por tanto éste adquiere el control sobre la misma.

El 31 de diciembre un ingeniero ajeno a la empresa certifica 500 unidades de obra ejecutadas hasta esa fecha (horas hombre, horas máquina, metros cúbicos de hormigón, etc.).

Ante una situación como ésta es factible utilizar un método de producto consistente en devengar las ventas en función del avance de cada uno de los productos/servicios a suministrar. Así las ventas a contabilizar a 31 de diciembre serían:

ConceptoA 31/12/2023A 30/06/2024
Ventas750.000250.000
Precio venta de la maquina500.0000
Pecio venta de la estructura)250.000250.000
Costes incurridos600.000200.000
Maquinaria400.0000
Construcción civil200.000200.000
Rdo temporal150.00050.000

Ejemplo 2:

El 30 de junio de 2023 una empresa contrata la ejecución de una obra consistente en elaborar una estructura constructiva en la que se instalarán además unos equipos (maquinaria de terceros). Plazo de ejecución un año.

El contrato especifica las obligaciones, pero no separa perfectamente el precio de cada obligación. La empresa obtiene su beneficio en estos contratos ejecutando la obra civil -que es su especialidad- y la política comercial habitual de la empresa en estos casos es vender sin margen la maquinaria, comprada a terceros y diseñada por éstos. Podríamos decir incluso que compramos e instalamos la máquina como un “favor” hacia el cliente. En este caso por tanto se supone que todo ello forma parte de una única obligación que se satisface en el plazo de un año.

ConceptoImporte (€)
Importe total contrato1.000.000
Costes esperados800.000
Maquinaria400.000
Construcción civil (1.000 unidades de obra)400.000
Rdo total del contrato200.000

El 31 de diciembre la empresa compra la maquinaria a instalar y en ese mismo momento (suposición por simplicidad) queda instalada en la construcción que se está llevando a cabo. En ese mismo momento el cliente recibe conforme la maquinaria en obra y éste adquiere el control sobre la misma dado que resultaría muy difícil desmontarla y llevarla a otro lado y además el cliente ya va a poder ir ajustándola a su uso.

El 31 de diciembre los datos de la empresa (obtenidos internamente a partir de su contabilidad de costes) apuntan que el coste total incurrido (aparte el coste de la máquina) asciende a 200.000 euros.

Ante una situación como ésta resulta más apropiado utilizar -a diferencia del caso anterior- el método de recursos basado en el coste. Además, para medir el grado de avance la empresa excluye el coste de maquinaria de los costes incurridos y del precio de la transacción, ya que su coste es relevante respecto del total costes y no es representativo del grado de avance para satisfacer la obligación, dado que su aportación al resultado es nula (exageramos intencionadamente esta situación de nulo margen de la máquina).

Así las ventas a contabilizar a 31 de diciembre serían:

ConceptoA 31/12/2023A 30/06/2024
Ventas700.000300.000
Costes incurridos600.000200.000
Maquinaria400.0000
Construcción civil200.000200.000
Rdo temporal100.000100.000

Las ventas del primer año consisten en la venta (por el coste) de la máquina 400.000 euros más el 50% del resto de ventas (600.000 euros /2). Se excluye el efecto de la maquinaria porque no es proporcional al progreso de la empresa para satisfacer la obligación de la construcción de la obra, reconociéndose, en relación a la obligación de instalación de la maquinaria, un ingreso por el importe del coste de los equipos. (Art 11.5 Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios).

En resumen varias reflexiones:

  1. Nótese cómo en los ejemplos aplicando un método u otro varían la presentación de ventas y resultados, en función de las condiciones que se especifiquen en los contratos y la posibilidad de que las diversas obligaciones contengan precios separados, lo cual tiene su trascendencia en las cuentas anuales que se presentarán ante terceros.
  2. Será decisión de la empresa el aplicar un método u otro en función de las circunstancias descritas en los contratos de construcción firmados y en la posibilidad de disponer mediciones solventes de los grados de avance bien de producto bien de recursos.
  3. En cualquier caso, debe extremarse el cuidado con las previsiones, analizando periódicamente si las estimaciones de ingreso y costes se están cumpliendo o son necesarias modificaciones que supondrían un replanteamiento del escenario inicial.

El pasado 29 de junio se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea (el Real Decreto-Ley 5/2023) a través del cual:

  1. Se modifica el apartado 3 bis del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (LGS).
  2. se introduce el artículo 22 bis al Real Decreto 887/2006 por el que se desarrolla la Ley General de Subvenciones (LGS).
  3. Se modifica el artículo 23 del Real Decreto 887/2006 por el que se desarrolla la Ley General de Subvenciones (LGS).

Las novedades más significativas se comentan a continuación.

Para la concesión de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las personas físicas y jurídicas sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (todas aquellas que efectúen pagos como contraprestación de operaciones comerciales entre empresas, o entre empresas y la Administración), deberán acreditar cumplir los plazos de pago que se establecen en la citada Ley para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. Estos plazos son, en el caso general, de 30 días naturales desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, ampliables mediante pacto entre las partes a, como máximo, 60 días. Se considerará válida cualquier financiación que permita el cobro anticipado a la empresa proveedora, siempre y cuando el coste de esta financiación corra a cargo del cliente y sin que haya posibilidad de recurso al proveedor en caso de impago.

La acreditación se realizará por uno de los siguientes medios:

  1. Las personas físicas o jurídicas que pudieran presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: mediante certificación suscrita por la persona física o por el órgano de administración (en caso de personas jurídicas) en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimientos de los plazos de pago anteriormente citados. También podrán acreditar dicha circunstancia por los medios descritos en el punto 2.
  2. Personas jurídicas que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada:
    1. Certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (R.O.A.C.) que contenga una trascripción desglosada de la información en materia de pagos descrita en la memoria de las últimas cuentas anuales auditadas, cuando de ellas se desprenda que se alcanza el nivel de cumplimiento de los plazos de pago anteriormente referidos. Esta certificación será válida hasta que resulten auditadas las cuentas del ejercicio siguiente.
    1. En el caso de no ser posible emitir el certificado mencionado en el punto 2.a, será necesario la elaboración de un Informe de Procedimientos Acordados (I.P.A.), elaborado por un auditor inscrito en el R.O.A.C. que, en base a la revisión de una muestra representativa de las facturas pendientes de pago a proveedores a una fecha concreta (fecha de referencia), informe sobre el porcentaje de éstas que sobrepasen los plazos máximos de pago. Se entenderá que la empresa cumple con el requisito de pago en plazo a proveedores, siempre y cuando el porcentaje de facturas pagadas por la empresa en dicho plazo sea superior al 90% (porcentaje previsto en la disposición final sexta, letra d), apartado segundo, de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas). Surge la duda sobre si este porcentaje se refiere al número de facturas pagadas, al importe total de las facturas, o a ambos. Salvo que se especifique en las bases reguladoras de la subvención, el auditor debería informar del cumplimiento de ambos porcentajes. El informe de Procedimientos Acordados (I.P.A.) deberá realizarse sobre el detalle de facturas pendiente de pago a proveedores (excluyéndose las facturas de las sociedades del grupo) a la fecha de referencia. La fecha de referencia no podrá ser anterior a más de un mes de la fecha del informe, y tendrá una validez de 6 meses desde la fecha de referencia.

Entre el primer y el segundo método de prueba de que la empresa paga en plazo, existe una cierta diferencia en la consideración de los volúmenes que influyen en el cálculo del % y que dependiendo de la situación pueden ser muy significativos. Así en el primer método se certifica sobre cálculos anuales (ejercicio anual) en los que se incluyen pagos a proveedores del grupo. Sin embargo, el segundo método se realiza contra datos de pagos en los que se ha de dejar a un lado los pagos a proveedores del grupo (artículo 22 bis RD 887/2006). Por tanto, una misma empresa en la que existan pagos a proveedores del grupo muy relevantes en volumen, podría sucederle que realizando la acreditación por un método no cumpliese y por el otro método si, o a la inversa, lo cual parece un poco extraño.

El plazo para la acreditación del cumplimiento de los plazos máximos de pago será de, salvo que las bases reguladoras prevean un plazo distinto, 10 días desde la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de subvención. No obstante, si la certificación del auditor o el informe de procedimientos acordados no pudiere obtenerse antes de la terminación del plazo establecido, bastará con aportar justificante de haber solicitado dicho medio de justificación (lógico puesto que los 10 días son muy poco plazo para solicitar, contratar y obtener el I.P.A.) y, una vez obtenido, se presentará inmediatamente y, en todo caso, antes de la resolución de concesión.

En este segundo bloque describiremos los dos métodos de registro de los ingresos cuando se produce la entrega del producto o servicio de manera progresiva. A continuación explicamos los dos métodos aplicables a la hora de registrar ingresos según su grado de avance.

Método del producto

Los ingresos se reconocen sobre la base de mediciones directas del valor para el cliente de los bienes o servicios transferidos hasta la fecha (por ejemplo, certificaciones periciales de la obra ya realizada o del servicio prestado), en relación con los bienes o servicios pendientes.

Incluyen, entre otros métodos:

  1. la identificación de las unidades producidas o entregadas,
  2. hitos alcanzados, o
  3. tiempo transcurrido.

Este método no es adecuado cuando no permite medir alguno de los bienes o servicios cuyo control se ha transferido al cliente. Así, los métodos de producto basados en unidades producidas o entregadas no representarían razonablemente la actividad de la empresa si, al cierre del ejercicio, la empresa tiene producción en curso o terminada que ya controla el cliente pero que no está incluida en la medición del producto obtenido. En el caso de empresas constructoras de proyectos complejos, (que incluyen el montaje de instalaciones, máquinas, al tiempo que la construcción de obra civil, etc.) puede resultar complicado medir en términos de producto el grado de avance. La aplicación de este método pasaría por descomponer el contrato en diversas obligaciones, con distintos plazos y distintos precios. Esta compartimentación de obligaciones derivadas permitiría que ciertos productos fuesen entregados al 100% de manera independiente del resto, pero necesitaria que los propios contratos de construcción asignasen precios de manera individualizada para las distintas obligaciones de hacer o entregar.

A efectos prácticos, el método del producto sería recomendable si se acuerda una contraprestación fija que se corresponde con el valor de la actividad que la empresa ha completado hasta la fecha (por ejemplo, un contrato en el que se factura un importe fijo por hora). En este caso la empresa reconocerá un ingreso por las horas de servicio prestadas con independencia de que éstas no hayan sido todavía facturadas.

Método de recursos

Los ingresos se reconocen sobre la base del coste de los factores de producción empleados por la entidad (es el caso de las horas de mano de obra acumuladas, otros gastos devengados, tiempo transcurrido u horas de maquinaria utilizada), en relación con los costes totales en que espera incurrir la empresa para satisfacer la obligación.

El reconocimiento lineal del ingreso puede ser apropiado cuando los esfuerzos o recursos de la entidad se gastan uniformemente a lo largo del periodo.

La empresa excluirá del método de recursos los efectos de cualesquiera factores de producción que no representen la actividad desarrollada para transferir al cliente el control de los bienes o servicios.

Por ejemplo, al utilizar el método de recursos basado en el coste puede requerirse un ajuste a la medición del grado de avance en las siguientes circunstancias:

a) Cuando un desembolso incurrido no cumpla los requisitos para calificarse como coste de producción (Resolución del ICAC de 14 de abril de 2015 sobre criterios para determinar el coste de producción).

b) Cuando un gasto incurrido no es proporcional al progreso de una empresa para satisfacer la obligación. En esas circunstancias, la empresa deberá aplicar el método sin considerar el citado gasto.

En tal caso, contabilizará un ingreso por un importe equivalente al coste del bien utilizado para satisfacer la obligación, si al comienzo del contrato espera que se cumplan todas las condiciones siguientes:

• El bien no es distinto;

• Se espera que el cliente obtenga el control del bien significativamente antes de recibir los servicios relacionados con el bien;

• El coste del bien transferido es significativo en relación con los costes totales esperados para satisfacer completamente la obligación de desempeño; y

• La entidad obtiene el bien de un tercero y no está significativamente involucrada en el diseño y fabricación del bien, pero actúa por cuenta propia.

Parece que el sentir general es que la metodología que representa de mejor forma el devengo de los ingresos es la basada en los productos, mientras que la metodología basada en los recursos sería la segunda opción, no obstante, las dificultades existentes para poder aplicar la primera, decantarán en ciertos casos el uso de la segunda. En definitiva, ambas serían admisibles, pero eso si, aplicadas uniformemente, sin cambios arbitrarios en su elección ni criterios de medición no justificados.

Antes de plantear algún ejemplo debemos recordar los esquemas básicos de contabilización aplicables a una empresa constructora:

Situación 1: Obra certificada y realizada, se iguala lo certificado con lo realizado.

(430) Clientes                                     a             (700) Obra ejecutada y certificada.

                                                                           (477) H. Pública IVA repercutido

Situación 2:  Obra no ejecutada todavía, pero certificada. Se trata de un anticipo.

(430) Clientes                                     a            (439) Clientes obra certificada por anticipado.

                                   (477) H. Pública IVA repercutido

Situación 3: Obra ejecutada y no certificada todavía, no ha dado tiempo a certificar o bien las certificaciones se producen cada cierto tiempo y se han realizado tareas que se certificarán en la siguiente ocasión.

(434) Clientes, obra ejecutada y pendiente de certificar            a   

                                                                          (706) Obra ejecutada y pendiente de certificar.

En la siguiente entrada pondremos ejemplos.

“AUDITORA GALEGA DE CONTAS, S.L.P. ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a las mismas y gracias al que ha implantado un sistema de copias de seguridad en la nube, para la mejora de competitividad y productividad de la empresa. Marzo 2023. Para ello ha contado con el apoyo del Programa Ciberseguridad 2023 de la Cámara de Comercio de Santiago de Compostela.”  

Una manera de hacer Europa